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3 noviembre
2016
Sociedad Española de Medicina y Cirugía Cosmética (SEMCC)
El Comité Europeo de Normalización (CEN) ha paralizado la
normativa FprEN 16708:2016 "Beauty
Salon Services - Requirements
and recomendations for the provision
of service", en cuyo
desarrollo la Sociedad Española de Medicina y Cirugía Cosmética y otras
sociedades científicas e instituciones españolas, a través de AENOR,
participaron en condición de expertos constituidos en lo que se denominan
"comités locales".
El
Comité Europeo de Normalización (CEN) es una organización privada, sin ánimo de
lucro, que tiene por objetivo estandarizar las distintas normativas de los
países miembros de la Unión Europea, para mejorar la competitividad de la
economía de la región, y es, además, una de las tres organizaciones de
estandarización reconocidas oficialmente por la Unión Europa y por la
Asociación Europea del Libre Comercio.
La
paralización se debe a las numerosas quejas y denuncias recibidas desde los
"comités locales" de los países miembros, así como de numerosas
instituciones sanitarias, que han llamado la atención sobre el posible
compromiso de la seguridad de los pacientes en el caso de validarse dicha normativa.
En la
misma se habían incluido, como actividades reconocidas entre los servicios y
prestaciones que podría ofrecer un centro de belleza, lo que, por sus
indicaciones (necesariamente basadas en un diagnóstico), forma de aplicación
y/o riesgos consustanciales, los expertos consideramos tratamientos
exclusivamente médicos. Entre ellos, tratamientos como mesoterapia, láseres,
luz pulsada, ultrasonidos, peelings químicos y
radiofrecuencia, sin tener en cuenta ningún criterio restrictivo como podrían
ser potencia, penetración, profundidad, etc.
Habiendo
quedado puntualmente definidos, en el desarrollo de la normativa, los
siguientes conceptos:
·
Beauty salon:
establishment offering beauty and wellness treatments and the sale of retail
beauty products.
·
Beauty salon services:
beauty and/or wellness treatments and services provided to clients or customers
by qualified beauty therapists.
·
Beauty treatment:
actions applied to the skin, hair and nails by a beauty therapist in order to
offer benefits to the skin and contribute to the wellness and/or beauty of the
client.
·
Beauty therapist: person
holding a qualification obtained and recognised by an educational authority to
provide beauty and/or wellness treatments within a beauty salon.
…
siempre nos pareció de todo punto de vista inadmisible la inclusión de aquellos
procedimientos en el listado de posibles tratamientos a realizar en un "beauty salon service".
Todos
ellos exigen un diagnóstico previo, que sólo un médico puede y debe realizar
porque, las más de las veces, se trata de verdaderas patologías estéticas, que
(efectivamente) no condicionan la vida de los pacientes, y no de meros inestetismos.
Y,
naturalmente, qué decir del propio tratamiento que puede suponer, en todos los
casos, riesgos para la salud como resulta acreditado por innumerables
publicaciones científicas. Sólo un médico formado, capacitado y titulado está
en condiciones de prevenir y tratar los posibles efectos secundarios inherentes
a los procedimientos que utilice.
Surge
entonces la pregunta: ¿Dejarías que un carpintero te operase la rodilla o un
fontanero las varices, aunque fueran muy conocidos, muy buenos en su oficio, o
se anunciaran mucho y a los mejores precios?
En
España, actualmente trabajan los mejores médicos en él ámbito de
Por
otra parte, en España los criterios generales de autorización de centros
sanitarios se encuentran recogidos en el Real Decreto 1277/2003. No caben
actuaciones médicas fuera de un centro sanitario autorizado; y en el ámbito de
la Medicina Cosmética, Estética y del Envejecimiento Fisiológico, el centro
debe tener acreditada específicamente una Unidad de Medicina Estética, que es
aquella "unidad asistencial en la que un médico es responsable de realizar
tratamientos no quirúrgicos, con finalidad de mejora estética corporal o
facial".
A
criterio del Dr. J. Víctor García, Presidente de la Sociedad Española de
Medicina y Cirugía Cosmética (SEMCC), "la paralización de la normativa
CEN-409 representa un gran éxito para cuantos abogamos por la eficacia y
seguridad de los tratamientos de las enfermedades en general y de las
patologías estéticas en particular, porque siendo que la Medicina Cosmética,
Estética y del Envejecimiento Fisiológico es siempre Medicina, todas nuestras
actuaciones (preventivas, diagnósticas, restitutivas,
correctivas o paliativas) deben basarse en criterios científicos y académicos
en los que sólo los médicos hemos sido instruidos". Y concluye: "Es
de todo punto de vista inadmisible que, por parte de personal no médico (en
ocasiones ni tan sólo sanitario) y en salones de belleza, se ofrezcan, y más
que se realicen, tratamientos que requieren su inexcusable aplicación directa,
o cuando menos su indicación y supervisión, por médicos y en centros sanitarios".